Las Administradoras de Fondos de Pensiones estarán obligadas a seguir las acciones tendientes al cobro de las cotizaciones
adeudadas y sus reajustes e intereses, aun cuando el afiliado se hubiere cambiado de ella. La Administradora, a la cual el
afiliado hubiere traspasado sus fondos podrá intervenir en el juicio en calidad de coadyuvante.
|