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propertyvalues-1701_banner2.jpg 43.8 banner_nuevo_sistema.jpg 223 jpg _self 43898 image 1 64 Sistema de Pensiones Sistema de Pensiones
¿Por qué cosas pueden cobrar comisiones las AFP?

La Normativa establece que sólo podrán ser objetos de cobro de Comisiones de la AFP:

a. El Depósito de Cotizaciones periódicas obligatorias en la Cuenta de Capitalización Individual. Esta cotización se denomina Cotización Adicional y se establece como un porcentaje sobre la remuneración o renta imponible que da origen a la cotización. En el caso de las Cuentas de Ahorro de Indemnización, se puede cobrar una comisión porcentual del depósito; actualmente ninguna Administradora cobra esta comisión.

b. Los retiros que se practiquen por concepto de renta temporal o retiro programado.

c. La administración del saldo originado en cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos, aportes de ahorro previsional voluntario colectivo y depósitos de ahorro voluntario (Cuenta 2).

d. La transferencia de cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos, depósitos de ahorro previsional voluntario y cotizaciones realizadas por su cónyuge para un afiliado voluntario hacia otras Administradoras o a las Instituciones Autorizadas que el afiliado haya seleccionado cuando corresponda,

e. Los traspasos de saldos de las cuentas personales, cuando se efectúen más de dos traspasos en un año calendario entre Fondos de una misma Administradora. Actualmente, ninguna Administradora cobre esta comisión.



Cuenta de Capitalización Individual (CCI) Cotizaciones Obligatorias

Cuenta de
Ahorro Voluntario
(CAV)
Cuentas de Ahorro de
Indemnización
(CAI)
CCI
Cotizaciones Voluntarias y Depósitos Convenidos

Afiliados Activos Pensionados
Concepto
Depósito de cotizaciones

Retiros por
renta temporal
o retiro
Programado
Administración del Saldo
Depósitos Administración de Saldo.
Transferencias de Ahorro Previsional Voluntario
Estructura
% sobre
remuneración
imponible.


Suma fija,
% sobre el retiro o una combinación
de ambas

Porcentual
sobre el
depósito
Porcentual sobre el Saldo
Fija por transferencia.
Preguntas frecuentes
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Superintendencia de Pensiones
Avda. Libertador Bdo. O'Higgins 1449, piso 1, local 8, Santiago-Chile
Fono. (56-2) 753 0100
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