Las Cuentas de Capitalización Individual son registros que crean las AFP a nombre de cada afiliado, donde se van registrando
los movimientos que se realizan en el Fondo de Pensiones para dicho afiliado, tales como:
- Cotización obligatoria del 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales con un tope de 67,4 UF (El tope imponible
es reajustado anualmente según la variación que experimente el Índice de Remuneraciones Reales).
- Cotización voluntaria de la remuneración y renta imponible mensual (hasta un máximo de 50 U.F. para acogerse a la excepción
tributaria de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 20 del D.L. 3.500).
- Depósitos Convenidos, pactado con su empleador para financiar una pensión anticipada, o ser retirado como Excedente de Libre
Disposición.
- Cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones, destinada al financiamiento de la A.F.P., incluido el pago de
la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS) .En el caso de los trabajadores dependientes, la parte de la cotización
adicional destinada al financiamiento del SIS será de cargo del empelador con excepción de aquellos trabajadores que estén
percibiendo subsidio previsional.
- Cotización por trabajo pesado del 4% o 2% si el trabajo por realizar es calificado como pesado por la Comisión Ergonómica
Nacional (CEN).
Al término de la vida activa, el capital acumulado le es devuelto al afiliado o a sus beneficiarios sobrevivientes como pensión.
El monto de las pensiones dependerá de lo ahorrado y de la rentabilidad obtenida por los fondos.
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