Los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual, y en las Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario. Los fondos acumulados en la cuenta de ahorro voluntario y los depósitos convenidos.
Los fondos de la cuenta de ahorro de indemnización. Los beneficiarios podrán girar hasta un monto de 5 UTA ( Unidades Tributarias Anuales) con sólo la presentación del certificado de defunción y la acreditación de la relación de parentesco, el exceso sobre las 5 UTA, si hubiese, para poder retirarlo será necesario presentar posesión efectiva.
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