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Sistema de Pensiones
Tengo dos empleadores y con los dos percibo una remuneración superior a 60 U.F. (Límite Máximo Imponible). ¿Cómo se efectúan las cotizaciones previsionales en la Administradora en la que estoy incorporado?

Las cotizaciones previsionales se deben efectuar sobre las remuneraciones mayores, hasta el límite máximo imponible, excluyendo o limitando las restantes, según corresponda. En caso de haber remuneraciones iguales, los contratos de trabajo más antiguos prevalecerán sobre los nuevos. Todo lo anterior se deberá acreditar a los empleadores con los respectivos certificados de remuneraciones o pago de cotizaciones.

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Superintendencia de Pensiones
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