| La ley considera la posibilidad de anticipar la pensión a aquellos trabajadores que desempeñen trabajos pesados, como por
ejemplo en faenas mineras, como peoneta recolector en municipalidades o empresas de aseo, técnicos paramédicos, etc. Para
ello se definen estos trabajos como aquellos empleos cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en
la mayoría de quienes los realizan provocando un envejecimiento precoz, aun cuando ellos no generen una enfermedad laboral.
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Considerando lo anterior, se establece una cotización por encima del 10% del salario, con el propósito de permitir la jubilación
anticipada de los trabajadores que realizan labores pesadas. La sobrecotización es obligatoria, bipartita (trabajador-empleador)
e igual para trabajadores y empleadores. La ley establece que dicha cotización será equivalente a un 2% de la remuneración
imponible (se totaliza un 4% con la cotización del trabajador más la del empleador). Sin embargo, la Comisión Ergonómica Nacional,
al calificar una faena como trabajo pesado, podrá reducir la cotización establecida en este artículo, fijándolos en un 1%,
tanto para el empleador como para el trabajador (se totaliza un 2% con la cotización de ambos).
La referida Comisión Ergonómica Nacional se creó con el fin de determinar qué trabajos se pueden calificar como trabajos pesados.
Dicha Comisión determina las labores que, por su naturaleza y condiciones en que se desarrollan, revisten el carácter de trabajos
pesados. Los trabajadores que hayan efectuado cotizaciones por trabajos pesados del 2% tienen derecho a adelantar su edad
de jubilación a razón de 2 años por cada 5 años de sobrecotización, con un máximo de 10 años para anticipar la jubilación
y siempre que al acogerse a pensión tengan un total de veinte años de cotizaciones o servicios computables en cualquiera de
los Sistemas Previsionales. Por su parte, esta rebaja será de 1 año por cada 5, con un máximo de 5 años para anticipar la
jubilación, si la sobre cotización hubiera sido fijada en 1%.
trabajo pesado, cotizaciones, jubilación anticipada
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