Las cotizaciones al seguro son obligatorias para todos los contratos de trabajo que se inicien a partir del 2 de octubre del
2002 y son voluntarias para aquellos contratos vigentes con anterioridad a esa fecha. Por lo tanto, si un trabajador tiene
dos o más empleos, puede afiliarse al seguro por cada uno de ellos y realizar las cotizaciones correspondientes en cada caso
por un máximo imponible de 101,1 UF.
seguro de cesantía, dos empleos, cotizaciones
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