Si el pago se suspendió por cotizaciones posteriores al finiquito y el beneficiario está seguro que dichas cotizaciones no
se deben a la existencia de un nuevo contrato de trabajo, sino al pago de gratificaciones, comisiones o un pago rezagado del
empleador que lo finiquitó, el trabajador deberá acreditar dicha situación en AFC con un certificado del empleador en el que
se precise el origen de las cotizaciones. Con ello se evaluará la reactivación del beneficio cuando corresponda.
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