Los trabajadores dependientes y los trabajadores independientes, en la medida que se encuentren efectuando cotizaciones previsionales en alguna Administradora, pueden realizar Ahorro Previsional Voluntario y Ahorro Previsional Voluntario Colectivo en una AFP distinta a la que se encuentran afiliados. Asimismo, los imponentes de alguno de los regímenes previsionales administrados por el Instituto de Normalización Previsional, podrán efectuar ambos tipos de ahorro en las diversas entidades autorizadas para administrarlo.
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