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Públicos: Téngalo presente
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Cotizaciones de pensionados que trabajan

Por el hecho de haber cumplido la edad legal para pensionarse, los afiliados al sistema sólo están obligados a cotizar para salud, tanto de su remuneración como de su pensión.

Es decir, están exentos de cotizar para el fondo de pensiones y pagar las comisión que cobra la AFP, pero sólo si manifiestan expresamente, por escrito, a su empleador y a la AFP de su decisión de eximirse. De lo contrario, de su remuneración cotizarán para el fondo de pensiones. En ese caso, la comisión es diferenciada, es decir, sin incluir la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia.

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