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Santiago, 01 de octubre de 2008
Una serie de beneficios y productos entran en vigencia hoy, 1º de octubre, con motivo de la reforma al sistema de pensiones,
entre las que destacan el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC), subsidio a la contratación de jóvenes, declaración
y no pago automático, afiliación voluntaria, eliminación de las comisiones fijas y división de saldo en caso de divorcio.
Las nuevas medidas tienen como principal objetivo perfeccionar el Sistema de Capitalización Individual administrado por las
AFP, con el fin de que las personas que hoy están en edad de cotizar logren ahorrar la mayor cantidad de recursos posibles
para tener una buena jubilación en el futuro, como asimismo, lograr que mejoren la rentabilidad de los fondos, y corregir
la situación previsional de las mujeres quienes, por diversas razones, están más desprotegidas que los hombres y reciben pensiones
de montos menores.
Para el Ministro del Trabajo y Previsión Social, Osvaldo Andrade, por el carácter integral de la Reforma, y al principio de
implementación progresiva, "se activan ahora algunas medidas que atañen al ámbito económico-productivo, otras orientadas a
una mayor equidad y otras que permiten ampliar la cobertura del sistema".
Según explicó la autoridad ministerial el APVC busca que un grupo amplio de personas acuerde con sus empleadores complementar
ahorros previsionales adicionales, lo que permitirá ampliar las posibilidades de que trabajadoras y trabajadores obtengan
una mejor pensión para su vejez. "De paso, esto sirve para potenciar relaciones colectivas más colaborativas al interior de
la empresa", subrayó.
Otros de los aspectos destacados es el subsidio a la contratación de jóvenes entre 18 y 35 años, que permitirán fomentar el
empleo juvenil, aumentar el trabajo con contratos formales e incrementar la cobertura y los fondos previsionales de los trabajadores
jóvenes.
Esto se aplica a las primeras 24 cotizaciones continuas o discontinuas y para trabajadores que reciban ingresos iguales o
inferiores a 1,5 veces el ingreso mínimo mensual (lo que hoy equivale a $238.500). "Esperamos y aspiramos a llegar a un universo
de 300 mil jóvenes por esta vía", comentó el Ministro Andrade.
En el caso de la división de saldos en caso de divorcio o nulidad, la normativa estipula que se podrán dividir los fondos
que existan en la cuenta de capitalización individual para pensión de uno de los cónyuges cuando el juez considere que hubo
menoscabo económico del otro cónyuge. Este monto de compensación no podrá ser mayor al 50% de lo acumulado en dicha cuenta
exclusivamente durante la unión matrimonial.
La eliminación de la comisión fija que cobran las Administradores de Fondos de Pensiones (AFP), busca aumentar los ahorros
previsionales y, por ende, una mejor pensión. Además, se podrá contar con un asesor previsional independiente, que apoyará
a los afiliados para una decisión informada sobre las decisiones que tomará en el momento que le parezca más oportuno.
También a partir de hoy entra en vigencia la eliminación del Período Transitorio para Pensión Invalidez Total; la incorporación
como beneficiario de pensión de sobrevivencia generada por la mujer a su cónyuge hombre no inválido; la presencia de médico
observador representante del afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez; y el derecho a pensión a los
hijos no inválidos entre los 18 y 24 años.
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