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Santiago, 28 de mayo de 2009.-
La reciente aprobación de la Ley N° 20.328, que perfeccionó el Seguro de Cesantía, estableció que aquellos beneficiarios que
estén percibiendo el último giro con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, tendrán derecho a dos pagos adicionales de prestación,
cada vez que la tasa nacional de desempleo publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) exceda en 1 punto porcentual
el promedio de dicha tasa, correspondiente a los cuatro años anteriores publicados por ese Instituto.
Estos dos meses de beneficio adicional corresponderán al 25% de la remuneración promedio de los últimos doce meses, con un
valor superior de $ 95.000 y un valor inferior de $ 40.000.
Específicamente en el mes de mayo, la tasa nacional de desempleo reportada por el INE es de 9,8%, en tanto el promedio de
dicha tasa para los cuatro años anteriores es de 7,7%. Dado lo anterior, aquellos beneficiarios que estén percibiendo el último
giro del Fondo de Cesantía Solidario, podrán recibir también el beneficio durante los meses de junio y julio de 2009.
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