Tengo dos empleadores y con los dos percibo una remuneración superior a 67,4 U.F. (Límite Máximo Imponible). ¿Cómo se efectúan
las cotizaciones previsionales en la Administradora en la que estoy incorporado?
En este caso, ambos empleadores deben enterar la cotización previsional en proporción al tope imponible , que actualmente
alcanza las 67,4 UF.
La suma de las cotizaciones de los dos empleadores debe ser igual al citado límite imponible.
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