Mapa del sitio
Buscar
Sistema de Pensiones
Bases del Sistema de Pensiones
La nueva Ley 20.255 de Reforma Previsional, publicada en el Diario oficial el 27 de marzo de 2008, introduce perfeccionamientos a los tres pilares que conforman un sistema de pensiones -Pilar Solidario, Pilar Obligatorio y Pilar Voluntario-, con el fin de lograr un sistema integrado y coordinado que asegure la protección social a cada uno de los ciudadanos del país.
Documentos relacionados
Pilar Solidario

Tiene por objeto reducir la pobreza, ya sea en la vejez o en caso de incapacidad laboral, y proporcionar un coaseguro contra numerosos riesgos. Financiado con impuestos generales de la nación, este pilar ofrece la posibilidad de pagar beneficios a personas que llegan a la ancianidad o tienen incapacidad laboral, con una baja o nula participación en el Sistema de Pensiones.

Pilar Contributivo

Está integrado por el sistema de pensiones basado en cuentas de capitalización individual (de AFP). Incluye a las antiguas cajas de previsión, que integraban el antiguo sistema de reparto.

Sistema de AFP
Sistema de Reparto (IPS)
Pilar Voluntario

Son los planes de Ahorro Previsional Voluntario (APV) y Cuentas de Ahorro Voluntario (Cuenta 2). La Reforma Previsional, entre otros temas, introdujo los planes de APV Colectivo, modificó el tratamiento tributario del APV y creó la figura del Afiliado Voluntario. Estas modificaciones rigen desde el 1 de octubre de 2008.

Volver
Superintendencia de Pensiones
Teatinos 313 / Santiago-Chile / Código postal 8340382 / Fono. (56-2) 753 0100
CONSULTAS O RECLAMOS: 600-831-2012 desde teléfonos fijos nacionales
(56-2) 7318796) desde el extranjero y celulares
Descargo de responsabilidades Certificado del Sitio Política de Privacidad