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Se entiende por Rezago toda recaudación suficientemente documentada que recibe la AFP por concepto de cotizaciones previsionales, depósitos, aportes, y otros que por distintas razones no se abonan en las cuentas personales. Estos recursos se acumulan en una cuenta de patrimonio denominada rezagos en el Fondo Tipo C de la Administradora y obtienen la misma rentabilidad de las cuentas personales. Principalmente se originan debido a que el empleador paga las cotizaciones en una AFP distinta a la que se encuentra afiliado el trabajador o bien cuando al confeccionar la planilla el empleador comete errores que no permiten asociar la cotización con la cuenta personal (error en el nombre, en el RUT).
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